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17/09/2009, 07:28
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![Avatar de freegirl](http://static.forosdelweb.com/customavatars/avatar43123_3.gif) | Colaborador | | Fecha de Ingreso: octubre-2003 Ubicación: Catalonia
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Respuesta: Dominios como capital social al abrir una empresa son aportaciones no dinerarias.
si buscas en google por este concepto encontrarás bastante información.
Para hacer boca: Cita: Tipos de aportaciones
Sólo podrán objeto de aportación los bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica y en ningún caso podrán ser objeto de aportación el trabajo o los servicios. Las aportaciones pueden ser de dos tipos: dinerarias y no dinerarias. Aportaciones dinerarias: Las aportaciones dinerarias deben establecerse en moneda nacional y, si la aportación fuese en moneda extranjera, se determinará su equivalencia en euros. Aportaciones no dinerarias: En la escritura de constitución deberán describirse las aportaciones no dinerarias, con sus datos registrales si existieran, la valoración en euros que se les atribuya, así como la numeración de las participaciones asignadas en el pago. Obsérvese, que a diferencia de las sociedades anónimas, no es necesaria la valoración de un experto independiente designado por el registro mercantil. Cita: En el caso de la sociedad limitada nuestras aportaciones no dinerarias no requieren informe alguno. Bastará con proporcionar al Notario la relación de los bienes que vayan a ser objeto de aportación, con indicación del valor que le atribuimos sin que ningún tercero vaya a pronunciarse sobre la valoración efectuada. Precisamente por este motivo y en previsión de sobrevaloraciones hay que tener en cuenta que los socios fundadores, los adquirentes de participaciones desembolsadas mediante aportaciones no dinerarias y quienes tengan la condición de socios en el momento de acordarse un aumento de capital responden solidariamente frente a la sociedad y frente a los acreedores de la realidad de las aportaciones y del valor atribuido en la escritura. En el caso de ampliaciones de capital quedan exentos de responsabilidad los socios que voten en contra del aumento o del valor atribuido a la aportación e igualmente no les afecta esa responsabilidad a aquellos socios que realicen aportaciones que sean objeto del informe pericial mencionado para las sociedades anónimas. http://www.creaciondempresas.com/art...dinerarias.asp
saludos |