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freegirl
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Respuesta: sorteos

Nota de prensa del mityc:

Cita:
Los SMS de descarga o para participar en concursos y los 905 deberán informar mejor a los consumidores

-El Código de Conducta de los SMS Premium garantiza que la publicidad de estos servicios sea legible y obliga a los prestadores a enviar mensajes informativos al usuario con el precio del servicios y la identificación de su responsable

- Asimismo, incorpora normas específicas para la especial protección de los menores y referidas a concursos y a servicios de suscripción

- Por otra parte, los programas de televisión que utilizan números 905 deberán cumplir con la normativa sobre publicidad del Código de Conducta de los servicios de voz a través de prefijos de tarificación adicional

-Se prohíben los números con tarificación adicional para los servicios de atención al cliente o posventa, vinculados a la adquisición de bienes o servicios

Código de Conducta de los servicios SMS Premium
El Código de Conducta de los servicios SMS Premium es de obligatorio cumplimiento para todas las empresas que presten estos servicios. El Código aprobado hoy contiene regulación de los siguientes aspectos:
• La publicidad de los servicios. Toda forma de publicidad deberá incluir el precio del servicio, así como la identificación de su responsable. El Código garantiza el carácter “legible” de la publicidad: la información deberá figurar en caracteres estáticos y adecuados para su perfecta visualización.
• Mensajes SMS informativos para el usuario. Cuando un usuario solicite uno de estos servicios, el prestador estará obligado a enviarle un SMS en el que le informe de su precio y de la identificación de la empresa responsable. Si se trata de servicios de precio superior a 1,20 euros (de suscripción o para adultos), este mensaje informativo será previo a la contratación, con lo que sólo si el usuario lo acepta expresamente podrá prestarse el servicio.
• Normas para la especial protección de los menores.
- Se establecen horarios específicos para la publicidad y el funcionamiento de servicios dirigidos a menores.
- Asimismo, se establecen también unos horarios determinados en servicios dirigidos a adultos, en línea con la regulación de los espacios televisivos.
- Se regulan las publicaciones en que puede aparecer publicidad de servicios para menores o para adultos.
• Normas específicas para concursos.
Los concursos deberán contar con las correspondientes bases depositadas ante notario.
- Si un voto o una participación de un concursante se recibe fuera de horario, sólo se le podrá facturar el importe de un SMS de texto, sin la parte de tarificación adicional correspondiente al hecho de votar.
- En los programas de televisión, mientras que se anuncie el número telefónico para participar, deberá figurar en la pantalla en todo momento su precio además de la identificación del prestador de servicio
• Normas específicas para servicios de suscripción. El Código regula la terminología para contrata y cancelar estos servicios.
- La contratación se realizará sólo mediante la palabra “ALTA”, que no podrá usarse para otros servicios.
- Para cancelar la suscripción bastará con la palabra “BAJA”. Además, estará prohíbido que la empresa continúe con la suscripción si ha recibido ese mensaje.
Este Código entrará en vigor una vez transcurridos cuatro meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
http://www.mityc.es/es-es/gabinetepr...%2006%2009.pdf

Saludos