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Antiguo 02/02/2009, 13:34
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Videovigilancia y protección de datos personales

Por gentileza de la AEPD

Instalación de videocámaras tipo domo en la fachada de un edificio en cuyas plantas segunda y tercera coexisten una sede judicial y uncentro comercial.

•Deberán determinarse las condiciones de legitimación:
–Ley Orgánica 4/1997.
–Seguridad Privada.

•En el segundo caso deberán respetarse las restricciones en la captación de imágenes en la vía pública.