02/02/2009, 13:34
|
| | Fecha de Ingreso: agosto-2005
Mensajes: 221
Antigüedad: 19 años, 4 meses Puntos: 4 | |
Videovigilancia y protección de datos personales Por gentileza de la AEPD
Instalación de videocámaras tipo domo en la fachada de un edificio en cuyas plantas segunda y tercera coexisten una sede judicial y uncentro comercial.
•Deberán determinarse las condiciones de legitimación:
–Ley Orgánica 4/1997.
–Seguridad Privada.
•En el segundo caso deberán respetarse las restricciones en la captación de imágenes en la vía pública. |