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Videovigilancia y protección de datos personales

Por gentileza de la AEPD

Pregunta:

¿Es posible utilizar simultáneamente un sistema de videovigilancia con fines de seguridad y de control laboral? En ese caso, ¿puede un empleado de la empresa controlar o revisar las grabaciones con un acceso restringido?

Respuesta:

•Sí, si es posible siempre que:
–Se den las condiciones de legitimación previstas para cada caso:
•Empresa de seguridad.
•Aplicación del art. 20.3 ET.
–Se inscriba el fichero y se incluyan ambas finalidades informándose en los términos del art. 5 LOPD y la Instrucción 1/2006.
–No existe problema con la gestión del sistema por usuarios empleados del responsable garantizándose los deberes de seguridad y secreto.