18/10/2008, 06:26
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Respuesta: LOPD - almacenar datos en EEUU hola de nuevo....llevo un par de dias sin conectarme y tengo que ponerme al dia
En cuanto a "sacar las cosas de contexto" entiendo que se "sacan de contexto" cuando se dan respuestas sin conocer exactamente las condiciones de la transferencia, yo he entendido que freegirl no tiene ningun contrato con clientes y que se refiere a los datos que recoge a través de su web (formularios de contacto, email etc) mientras que "icef" ha considerado que se trata de un tratamiento de datos basado en un vinculo contractual o en una relación laboral (ambas soluciones validas en distintos contextos)........por lo tanto, mejor irse a lo que dice la Lopd en terminos generales para que freegirl decida lo que aplica, al caso concreto, Norma general (art 33): No podrán realizarse transferencias temporales ni definitivas de datos de carácter personal que hayan sido objeto de tratamiento o hayan sido recogidos para someterlos a dicho tratamiento con destino a países que no proporcionen un nivel de protección equiparable al que presta la presente Ley, salvo que, además de haberse observado lo dispuesto en ésta, se obtenga autorización previa del Director de la Agencia Española de Protección de Datos, que sólo podrá otorgarla si se obtienen garantías adecuadas. Excepciones (art.34). Lo dispuesto en el artículo anterior no será de aplicación, es decir, no hara falta la "autorización previa" (aunque si la notificación y lo demas) en los siguientes supuestos:
[LIST=1][*]Cuando la transferencia internacional de datos de carácter personal resulte de la aplicación de tratados o convenios en los que sea parte España.
[*]Cuando la transferencia se haga a efectos de prestar o solicitar auxilio judicial internacional.
[*]Cuando la transferencia sea necesaria para la prevención o para el diagnóstico médicos, la prestación de asistencia sanitaria o tratamiento médicos o la gestión de servicios sanitarios.
[*]Cuando se refiera a transferencias dinerarias conforme a su legislación específica.
[*]Cuando el afectado haya dado su consentimiento inequívoco a la transferencia prevista.
[*]Cuando la transferencia sea necesaria para la ejecución de un contrato entre el afectado y el responsable del fichero o para la adopción de medidas precontractuales adoptadas a petición del afectado.
[*]Cuando la transferencia sea necesaria para la celebración o ejecución de un contrato celebrado o por celebrar, en interés del afectado, por el responsable del fichero y un tercero.
[*]Cuando la transferencia sea necesaria o legalmente exigida para la salvaguarda de un interés público. Tendrá esta consideración la transferencia solicitada por una Administración fiscal o aduanera para el cumplimiento de sus competencias.
[*]Cuando la transferencia sea precisa para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial.
[*]Cuando la transferencia se efectúe, a petición de persona con interés legítimo, desde un Registro público y aquélla sea acorde con la finalidad del mismo.
[*]Cuando la transferencia tenga como destino un Estado miembro de la Unión Europea, o un Estado respecto del cual la Comisión de las Comunidades Europeas, en el ejercicio de sus competencias, haya declarado que garantiza un nivel de protección adecuado. (nota)
(nota) uno de los paises que ha sido declarado como país que garantiza un nivel de protección adecuado es EEUU únicamente en cuanto a las entidades adheridas al acuerdo de puerto seguro "safe harbour"....por eso te decia que te buscaras un hosting adherido para evitar precisamente la "autorización previa"....[/LIST] |