sin embargo, aun está esta linea:
Cita:
Iniciado por wikipedia la copia no sea utilizada con fines colectivos
Me pregunto yo, que no es ese un fin colectivo?
Y luego:
Cita:
Iniciado por wikipedia En este punto, la modificación de la LPI que ha introducido la Ley 23/2006 obliga ya a que las copias privadas sean realizadas a partir de obras a las que se haya accedido lícitamente, regulando al mismo tiempo el derecho de puesta a disposición que se recogía en la Directiva 2001/29/CE. De esta forma y según la nueva ley, subir un archivo a través de una red P2P constituiría un acto de puesta a disposición, mientras que descargarlo conllevaría una reproducción. Además, es importante distinguir el ilícito civil del penal; compartir una obra por una red P2P puede no constituir un delito según el artículo 270 del Código Penal por no reunir los elementos del tipo, lo que no quiere decir que no pueda ser considerado un ilícito civil, según lo establecido en la Ley de Propiedad Intelectual.
Es obvio que el mundo se dirige sin frenos a lo "abierto". Pero aun hay que esperar. Por el momento ya tenemos opensource y yo conozco de por lo menos un cantante que saca discos con copyleft, el CC no es la excepción. Veremos que pasa en el futuro. Pero esto ya es otro tema...