Cita:
Iniciado por 4URUN
Como ya he comentado no es necesario darse de alta en la Seguridad Social si tus ganancias son menores al sueldo mínimo interprofesional y es algo esporadico. Lo consulte en las oficinas de la S.S.
Yo también lo consulté en la S.S. y me dijeron todo lo contrario, que desde el primer euro facturado tienes que estar dado de alta como autónomo. El concepto de temporalidad es muy ambiguo, y realmente hay un vacío en el que ni ellos mismos se aclaran.