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Antiguo 12/05/2008, 01:26
Manuel2008
 
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Re: Penalizar posicionamiento por alojar en otros paises.

Gracias a2a2
Pero quizás el que a ti no te hayan dicho nada por alojar fuera de España no me asegura que no me lo digan a mí...

Te remito a esto que he encontrado en *******

Son muy pocos los conocedores de las graves consecuencias tipo legal que puede suponer la contratación de un servicio de hostingo o alojamiento web, no sólo para el cliente sino también para el prestador del servicio.

La violación de la ley pude derivar en elevadas sanciones económicas que pueden oscilar de 300.000 hasta 600.000 euros. Por ello, se deben tener en cuenta aspectos legales a la hora de llevar a cabo este tipo de contratación cuando se contratan los servicios a una empresa de alojamiento web, empresa que es la encargada del mantenimiento del servicio y la que dispondrá de él físicamente (servidor).

Las Transferencias internacionales
Si el servidor está ubicado físicamente fuera de la Unión Europea, la normativa española aplicable a tal efecto (Ley Orgánica de Protección de Datos, Ley 15/99) técnicamente considera el tránsito de datos como una transferencia internacional, y exige que el país en el que esté físicamente el host o servidor posea un nivel de protección de datos de carácter personal equiparable al contemplado en dicha norma. Por otro lado, el Estado español tiene una relación de países considerados como cumplidores de dicho nivel, con lo cual, si el lugar de destino (servidor) está en ella, no habrá ningún problema, pero si no es así, podríamos estar infringiendo la ley. Por ello, es obligado informarnos bien acerca de dónde están situados físicamente los servidores de cualquier empresa antes de contratar el servicio de alojamiento web.
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El texto completo aparece aquí
http://www.*******.com/lopd.html