Hola, pherenike, yo he indagado un poco sobre eso mismo en alguna ocasión (llegué a preguntárselo a un diseñador, además de buscar en la Red). Según se me dijo, en principio no es obligatorio registrar nada, pues a partir de que le pones el copyright a una creación tuya se presupone que cualquier derecho derivado de esa obra te pertenece, entendiéndose -ojo al dato- que tú eres capaz de demostrar en todo momento que esa imagen, texto o lo que sea es tuyo y dispones del archivo o documento original para probarlo. Ahora bien, para mayor seguridad, conviene inscribir tu creación en el Registro de la Propiedad Intelectual (la dirección física de las delegaciones provinciales, los requisitos y las tasas figuran en una sección de la web del Ministerio de Cultura, si es que no ha habido cambios recientes en eso).
Los textos, dibujos, música, etc, se inscriben en la Propiedad Intelectual; las marcas, en la Propiedad Industrial. Registrar una marca es mucho más caro que registrar un texto o una imagen en la Propiedad Intelectual, así que todo depende de lo que quieras hacer (una marca o un diseño). A mí me comentaron que s,i por ejemplo, vas a crear unas camisetas a partir de un personaje imaginado por ti, en principio podría bastar con el registro de ese personaje.
También hay gente que para ahorrarse dinero recurre a truquillos como enviarse a sí mismos el original o una copia de su creación por correo certificado y lacrado (carta que sólo se abre en caso de pleito, para que el juez compruebe por la fecha del envío la originalidad y autoría del creador verdadero); pero no sé hasta qué punto tendría validez esa medida en caso de litigio por derechos de autor. Además, el documento con valor legal reconocido es el burofax, que cuesta unos veintitantos euros por página.
Bueno, espero al menos haberte aportado un poquillo de luz a tus dudas.
Un saludo