25/02/2008, 11:43
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| Colaborador | | Fecha de Ingreso: octubre-2003 Ubicación: Catalonia
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Re: Registrar software en el Registro de la Propiedad Intelectual Lo mejor es que lo preguntes al RPI de tu comunidad. Ellos te van a sacar de dudas 100%.
En mi caso pregunté todo lo expuesto y me lo aclararon todo correctamente y muy bien. Viene a ser todo lo que dice en la página del RPI de la Generalitat de Catalunya (que es mi caso). Vamos que pregunté la obviedad porque en la web lo decía claro.
Es muchísimo más cómodo lo del notario, pero claro ahí se resiente el bolsillo.
saludos |