23/07/2007, 07:53
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Re: debo darme de alta en el IAE? Mira, este tema tiene bastantes interpretaciones y se trata de elegir la que mas te conviene, ponerla en práctica y esperar a ver si hacienda interpreta las cosas de otra manera, y lo mejor es que te pongas en manos de un asesor fiscal que igual ni te cobra........todo radica en si tu tienes una organización empresarial o no.
- tal como dice el artículo 40.1de la Ley 18/1991, del I.R.P.F.:señala: "se considerarán rendimientos íntegros de actividades empresariales o profesionales aquellos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de un solo de estos factores, supongan por parte del sujeto pasivo la ordenación por cuenta propia de medios de producción ly de recursos humanos o de uno de ambos con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios".
- según el artículo 24 de la Ley 18/1991, del I.R.P.F.: "se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, que deriven directa o indirectamente, del trabajo personal del sujeto pasivo y no tengan el carácter de rendimientos empresariales o profesionales".
Según decidas incluir tus rendimientos tendrás unas obligaciones u otras, pero, de verdad te aconsejo que vayas a una asesoria porque cada caso es diferente y no se cual de las dos opciones es buena para ti. |