En los primeros años de la actividad (no me acuerdo si son 2) puedes retenerte un 7%, pero tienes que notificarlo a las empresas y profesionales que te vas a retener el 7%. Esto del 7% es opcional. Sino quieres el 7, pues te aplicas el 15%.
Yo des del pincipio me apliqué un 15%, porque a lo mejor cada mes si ttienes unos euros más, pero luego en la Renta te pueden meter el sablazo. Depende de los ingresos claro. Si ves que tus ingresos son buenos, personalmente me retendría un 15%.
La fecha que pongas de incio de actividad es la que empieza a contar.
saludos
PD: echad una ojeada a esta Web:
http://www.autonomos-ata.com/index.p...cia.php&id=522