Cita:
Iniciado por DarkJ
Para mi el registro solo vale para tener una prueba de la fecha de creacion y de que tu eres el creador. Porque si al final llegas a juicio por la disputa de la propiedad de un texto lo que importan son las pruebas.
...El problema es que si no cambiadorn las leyes (atencion hablo de Argentina) cada dos años queman las cosas que les enviastes, osea que la constancia te duraba dos años, luego a registrar de nuevo si no habia sido publicado aun