No creo que en este caso se pueda hablar de "canon", sino del pago de derechos por comunicación pública. Y tal como menciona webosiris, si la canción está registrada en alguna sociedad de gestión (SGAE en España, RIAA en estados Unidos, SCD en Chile, etc.) son estas sociedades quienes administran los derechos por esea canción, el artista practicamente no tiene pito que tocar.
Pero no olvides que hay muchos artistas que administran ellos mismos sus derechos y publican sus temas bajo licencias más permisivas. Mira por ejemplo en
Jamendo.