
14/12/2006, 13:52
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Re: Duda AGPD Artículo 16 punto 3
3. La cancelación dará lugar al bloqueo de los datos, conservándose únicamente a disposición de las Administraciones públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas.
Cumplido el citado plazo deberá procederse a la supresión.
1) El cliente te envia sus datos
2) Los guardas en tu base de datos
3) SI cliente CANCELA sus datos
ENTONCES bloqueas datos
bloquear != eliminar
Leer Art.16 punto 3
Te pueden solicitar esos datos durante 3 años para cualquier problema legal o denuncia, si han desaparecido no cumples la ley.
EDITO PARA AÑADIR:
Si por cualquier motivo pierdes datos, debes de registrar en un parte de incidencias lo que ha ocurrido, para que si por algun motivo la AEPD te pregunta sobre los datos del cliente xxx y no se los pueden proporcionar, explicarlo de algún modo. Ej. Ocurrió un apagón y se han perdido los últimos datos de los clientes porque no tenía copia de seguridad,.....
4) SI cliente NO CANCELA sus datos
ENTONCES datos del cliente CONTINUAN en tu BD
Espero que se entienda.
Última edición por makynero; 14/12/2006 a las 14:05 |