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18/10/2006, 07:19
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![Avatar de recursosparapymes](http://static.forosdelweb.com/customavatars/avatar149519_1.gif) | | | Fecha de Ingreso: septiembre-2006 Ubicación: España
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Hola a todos:
En principio una empresa o profesional realiza sus servicios de acuerdo a las claúsulas de un contrato privado entre el cliente y el profesional. Por acuerdo este contrato puede contener los términos que sean mientras no se cometan ilegalidades ya que hay libertad de servicios y mercado.
Es decir, si el cliente y tú llegáis a un acuerdo de poner tu logo/marca/enlace etc. en el contrato puedes ponerlo.
Si no llegáis a un acuerdo, el cliente tiene todo el derecho a no aceptar el servicio en unos términos que no ha pactado. Más allá de los derechos de autoría etc. que en este caso de poner el enlace no tienen peso, el derecho fundamental es respetar lo acordado por contrato y si el cliente no está de acuerdo con que se ponga ese enlace o referencia al autor, no se puede poner (o se puede poner y el cliente puede rechazar sin perjuicio el servicio por incumplimiento de contrato).
Esto no se diferencia cuando compras un coche, por ejemplo, yo puedo decidir no comprarlo si en la puerta viene publicidad del concesionario y no quiere quitarla, incluso si una pequeña pegatina del concesionario viene en el parabrisas por ejemplo tengo todo el derecho de quitarla o de elegir otro coche a mi gusto que no la tenga.
Entiendo que es una clase de publicidad interesante, pero no se puede poner unilateralmente.
Un saludo |