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26/09/2006, 11:02
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ok, entonces no hace falta retener nada por no se empresa española.
entonces, mi única obligación es declarar el dinero recibido en el modelo 347 en marzo del 2007. ¿correcto?
¿no tendría que declarar ese dinero en el modelo 110 del pago fraccionado del IRPF?, te recuerdo que me di de alta en hacienda sin fraccionado en el IRPF ya que siempre he aplicado las retenciones, pero en este caso no puedo.
Gracias |