
13/09/2006, 11:59
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 | Colaborador | | Fecha de Ingreso: octubre-2003 Ubicación: Catalonia
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He encontrado una sentencia (en españa) dónde se trata esto: Cita: El Supremo afirma que el cliente puede tener derecho al código fuente
"La sentencia",
explica Anguiano, "no obliga a que las empresas entreguen el código fuente,
sino que establece que, en el caso de que los usuarios lo necesiten en
determinadas circunstancias, deben tener el derecho a acceder a él". Las
circunstancias son: que acceder al código fuente resulte necesario para la
finalidad del programa, que sea para la transformación del programa dentro de
un uso razonable y siempre que no se diga lo contrario en el contrato. Cita: Esa estrategia tiene importantes implicaciones también para los usuarios,
especialmente para los que contratan el desarrollo de programas a medida.
Mientras que en los programas estándar no hay más remedio que aceptar las
condiciones de la licencia al comprarlos, en el caso de los programas a
medida las partes negocian pormenorizadamente cuáles son los usos posibles
del software, si éste se puede modificar, por ejemplo, y si el usuario tiene
acceso al código fuente. Cita: El caso pone de manifiesto los intereses encontrados que enfrentan a usuarios
y desarrolladores del software en el ámbito de los programas informáticos
hechos a medida. "Es como si te compras un coche nuevo hecho a medida y no lo
puedes llevar a que te cambien el aceite porque tiene sellado el motor y sólo
te lo puede arreglar quien te lo ha vendido", se queja Antonio Sánchez.
En el gabinete jurídico de una gran compañía que desarrolla aplicaciones a
medida se sienten poco complacidos con la sentencia y señalan que "entregar
el código fuente de los programas supone un riesgo porque puede caer en manos
de terceros". Asimismo defienden el derecho de las compañías a preservar el
valor añadido de su capital intelectual. "Con esta sentencia los usuarios se
verán más amparados para exigirnos que les facilitemos el código fuente".
Para solucionar algunos de los problemas imprevisibles se utilizan desde hace
años los llamados contratos escrow (depósito), en los que el código fuente se
deposita ante notario para que pueda ser utilizado en el caso de que la
empresa desarrolladora sufra imponderables como quiebra, suspensión de pagos,
etcétera fuente: http://www.mail-archive.com/admpub@s.../msg00107.html
Espero que esto aporte más luz al tema.
Por eso lo importante de redactar bien los contratos.
saludos
Última edición por freegirl; 13/09/2006 a las 12:50 |