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Antiguo 29/08/2006, 12:00
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freegirl
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Iniciado por barny1983 Ver Mensaje
Hola a todos!!

Me he leido todo el post...... os comento mi situacion.

LLevo cobrado 4 meses seguidos una media de 1000€ mensuales (publicidad de webs y diseño..) , los he cobrado como si fuera autonomo pero no lo soy........ que multa me puede caer?? En esta semana me pasare por un gestor para ver los papeles que me hacen falta para ser autonomo, porque no voy a seguir haciendo el tonto mas...... espero que no sea mucho la multa


Tambien estoy trabajando en una empresa , da lo mismmo no?? en los ratos libros hago el otro trabajo.

Saludos
teóricamente deberías haberte dado de alta, al menos, del mod.036 en Hacienda.

Si has repercutido iva en tus facturas y no has presentado las declaraciones del iva, pues la multa, si mal no me equivoco, es de 300 € por declaración no presentada + x % de lo no ingresado (en el caso que saliera a ingresar) + la cuota a ingresar.

Pero bueno, lo mejor es que gestor te ponga el día y el te informará mejor.

Cita:
Iniciado por eire
Yo estoy dado de alta como autonomo, acabo de empezar y aun no he declarado nada, en Octubre empiezo. El problema es una factura (una fuerte cantidad) anterior al comienzo de mi actividad como autonmo. Mi cliente esta en el extranjero y me paga en una cuenta local y yo hago transferencias a España. No se si es mejor declararlo o no declararlo, podriais decirme como debo obrar y posibles consecuencias.
Personalmente yo lo declararía. porque los bancos en españa les pasan los saldos de tus cuentas bancarias a hacienda, y más cuando estamos hablando de una cantidad importante. Yo siempre recomiendo que es mejor tener x euros menos en el bolsillo y tener la seguridad de hacerlo todo legal.


Cita:
Iniciado por eire
Debo tener una cuenta asociada a mi actividad exclusivamente dedicada a ello?
No. Aunque es lo más recomendable cara a ti y el negocio, pero por hacienda, no.

Cita:
Iniciado por eire
En cuanto a los ingresos en una cuenta bancaria extranjera, supone un inconveniente?
He encontrado esto que te puede ayudar en el aspecto legal:

http://noticias.juridicas.com/base_d...006-be.html#n1

saludos