
13/07/2006, 02:43
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Buenos días,
En primer lugar, no son acuerdos de patrocinio sino pura y dura publicidad a no ser que se den determinados requisitos propios de los contratos de patrocinio.
En segundo lugar, como vas a obtener un lucro por esa publicidad debes, primero adecuarte a la normativa de fiscalidad y a la normativa de servicios de la socieda de la información, además de a la ley orgánica de protección de datos. Pero, lo importante es el tema fiscal, debes de darte de alta o constituir una empresa -es válido lo de la comunidad de bienes, pero si eres solo hazte autónomo-.
Mi recomendación es que valores las ganacias por publicidad y que sí te convence la idea empieces a moverte para estar fiscalemnte legal y, a posteriori, adecuarte a las normativas que rigen la actividad electrónica.
Un saludo.
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