Ver Mensaje Individual
  #11 (permalink)  
Antiguo 12/07/2006, 19:10
frijolerou
 
Fecha de Ingreso: diciembre-2003
Mensajes: 1.583
Antigüedad: 20 años, 11 meses
Puntos: 13
Cita:
Iniciado por cantres
Saludos a todos, una pregunta frijolerou, En Chile entonce no se paga por tenet derecho propio? Aca en los Estados Unidos tenemos que pagar por el derecho, para que nadie lo pueda usarla.
Afortunadamente no :D. Tanto en Chile, España, Argentina y Uruguay (y supongo que habra muchos paises mas) el derecho sobre tu obra la tienes automaticamente por el solo hecho de haberla creado (excepto los casos que se indique en la correspondiente legislacion).

En Chile debes pagar cuando quieres inscribir la obra en el Registro de Propiedad Intelectual. Como te decía no es obligatorio, pero tener la obra registrada te facilita algo mas las cosas en caso de algun conflicto.
__________________
El conocimiento es libre: Movimiento por la Devolución