
05/07/2006, 02:54
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Justificantes no jeje, a menos que seas una organización sin ánimo de lucro y lo utilices a forma de recaudar fondos que no creo que sea el caso y tampoco sería un justificante sino otra forma legal.
Toda actividad con ánimo de lucro requiere que estés registrada, a no ser claro que lo cobres en negro. Pero claro darse de alta a autónomos resulta caro si cobrarás pequeñas cantidades.
Tienes la posibilidad de darte de alta en irpf y iva y tan solo pagar estos dos impuestos, sin darte de alta a autónomos. No hay ninguna ley que regule esto pero hay una "ley" que dice que si no ganas ni el salario mínimo interprofesional (creo que son 700 € al mes o por hay) no hace falta que te des de alta a autónomos. Digo "ley" porque en teoria tienes que darte de alta a autónomos pero casi todos los juicios que han habido sobre este tema han dado la razón al afectado, que cobraba menos que el salario mínimo interprofesional.
Si lo haces de esa forma (yo lo hago asi), solo tendrás que pagar el 15 0 20% de irpf (es decir, el 15-20% de lo que ganes), y tendrás que transferir el iva (iva que te paguen, iva que transfieres a hacienda). Lógicamente a cuantos más gastos declares (costes del server, algún móvil que te compres, un coche para hacer las gestiones,... ^^) pues puedes deducirlo como gasto, con lo que tendrás menos beneficio y el estado te tendrá que devolver el iva pagado.
Un saludo y siento el rollo! |