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Iniciado por freegirl Hola Dores,
No sé como son los clientes de los demás compañeros, pero la mayoría de los que he tenido yo, sólo te dicen 'quiero un programa para llevar la gestión de x actividad' y muy poca cosa más. A partir de ahí soy yo quién a partir del presupuesto le haces un croquis de como será la aplicación y que secciones tendrán. En este caso supongo que el cliente no tiene los derechos.
Es que por ejemplo, decir que le hagas un programa para llevar la gestión de una peluqería, ni es original ni es algo exclusivo porque la mayor parte de las secciones las coges de otros programas propios...
Otro ejemplo, yo voy a un pintor de brocha fina y le digo 'píntame un vaca comiendo pasto'. El pintor me hace el cuadro. ¿yo soy la autora del cuadro? El autor sigue siendo el pintor.
saludos!
En estos casos que dices tienes razón, pero nosotros nos encontramos con clientes que sin ellos saberlo te hacen el análisis funcional, te dicen, la aplicación o lo que sea tiene que hacer esto y esto y tal y cual relacionado con tal, y que cuando pase esto suceda aquello otro, etc...
De hecho siempre acaba diciéndolo porque muchas veces no saben ni o que quieren, pero como te lo van sacando a trocitos y a partir de sugerencias tuyas es entonces obra tuya.
Tanto la legislación como la jurisprudencia que conozco, hablan de "sustancial", es decir: si te piden una cosa de manera que no podría funcionar (no por la programación, claro, para eso te contratan, si no por la interrelación de las variables que te plantean) y tu lo haces de otra manera, tu aportación es "sustancial", sin ella no existiría lo otro, la obra es tuya.
Aunque la idea sea de otro, como el caso que citas del pintor. Las ideas son libres y no protegidas, lo protegido es el Know how de las mismas.
En cualquier caso lo recomendable es siempre dejarlo claro cuando se contrata y así nunca hay problemas, cada uno sabe lo que es suyo y ya está.
Suerte
Dores