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05/05/2006, 20:45
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En Chile ocurre algo similar que en Uruguay. Por el sólo hecho de haber creado la obra (salvo algunas excepciones como los programas computacionales encargados por terceros) tienes todos los derechos sobre dicha creación, aún si no la has registrado en la entidad correspondiente.
En el caso de Argentina debieras buscar el texto de la ley de propiedad intelectual correspondiente. alguna vez le di un vistazo, y si mal no recuerdo en ese aspecto es similar a Chile y Uruguay.
En Chile la entidad que administra los registros es el DIBAM (Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos). Cuando una persona llega a registrar una obra no se le piden más requisitos que sus datos personales y un respaldo de la obra (dependiendo de su naturaleza), ya que el DIBAM acepta de buena fe que quien registra la obra es su verdadero autor.
Eso no quita que quien se sienta perjudicado por alguna inscripción fraudulenta pueda presentar todos los antecedentes que acrediten que él es el verdadero autor. Y como prueba puede presentar documentos, testigos, etc., cualquier prueba que acredite que es el verdadero autor. |