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09/03/2006, 04:09
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![Avatar de 3pies](http://static.forosdelweb.com/customavatars/avatar49448_4.gif) | Colaborador | | Fecha de Ingreso: diciembre-2003 Ubicación: Desde una destilería
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Quizás cometí un error, al indicar que debía darse de alta como autónomo (Seguridad Social). Me refería a que debía darse de alta como profesional, con su correspondiente Nif, practicar retenciones, y demás (Hacienda). Casi siempre, esos dos conceptos, van unidos, pero en situaciones como la del ejemplo (trabajo por cuenta ajena, y trabajo por cuenta propia), no.
Si trabajas por cuenta ajena, y a la vez quieres montar un negocio (cualquier actividad por cuenta propia), no pagas Seguridad Social (te ahorras esos 200 euros, aunque pueden ser más, ya que los 200 es lo mínimo, lo cual condiciona también tu pensión de jubilación), porque ya cotiza esa empresa por tí. Esto te lo pueden informar en cualquier oficina de la Seg. Social.
Salu2 |