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Antiguo 01/11/2005, 12:41
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RedHot
 
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De acuerdo Fiscalidad en comercio electronico USA Union Europea

Esta información fue publicada en otro foro debido a la misma pregunta que hice aquí
Cita:
La Directiva 2002/38/CE del Consejo, de 7 de mayo de 2002, por la que se modifica y se modifica temporalmente la Directiva 77/388/CEE respecto del régimen del impuesto sobre el valor añadido aplicable a los servicios de radiodifusión y de televisión y a algunos servicios prestados por vía electrónica [Diario Oficial L 128 de 15.5.2002 ] trata el tema de la fiscalidad indirecta aplicada al comercio electrónico, para empresas de la Unión Europea y de terceros países.

Como regla general, en los servicios por vía electrónica que son prestados por un operador establecido en un tercer país a un cliente que reside en la UE, se considera que el lugar de imposición se encuentra en la Unión Europea y, por tanto, los servicios quedan sujetos al IVA.
Así que ahora lo tengo muy claro. En primer lugar estableceré el servicio en Norte América (sólo tengo de competencia a una empresa a la que podré enfrentarme), y cuando esté asentado pues ya lo expandiré hacía los principales países de Europa.
Y sin lugar a dudas, esos beneficios se quedarán en una cuenta de algún banco americano sino hacienda enseguida me iba a caer encima.

Aún así, lo mejor será que me vaya a residir donde crearé la empresa matriz.