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10/10/2005, 05:30
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![Avatar de freegirl](http://static.forosdelweb.com/customavatars/avatar43123_3.gif) | Colaborador | | Fecha de Ingreso: octubre-2003 Ubicación: Catalonia
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hola,
depende..el teléfono está en tu domicilio? si es así, ellos te dirán que no trabajas más de 8 horas, que el resto de horas es para uso privado...es que si elteléfono está en el domicilo, es un poco líoso.
En cambio el teléfono es uno exclusivo para la actividad? pues deduce el 100%. Por ejemplo si la cuota de iva es 20 euros, pues deducela entera.
Si haces la declaración del iva, sólo debe deducir las cuotas de IVA, no el total ni la base imponible eh.
Por ejemplo, esto es tu factura de teléfono:
base imponible: 90 euros
+ 16% iva: 14.4 euros
-------------------------
Total: 104.4 euros
Tu para la declaración del IVA, sólo debes tener en cuenta lo que te he puesto en negrita (las cuotas de iva)
Nose si me entiendes ahora..
saludos! |