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Antiguo 01/10/2005, 08:12
ICEF
 
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Buenas tardes,

La verdad, si que ha dado de sí el tema. Voy a aportar, espero, mi última contribucción al tema.

Mindango ha hecho referencia en un post suyo a una duda que planteo a la AEPD, creo refernte a las direcciones de correo electrónico. Decir, que algunas veces las constestacines de la AEPD a consulta no son del todo ajustadas a la interpretación normativa. Lo que sí debe guiar son las Memorias anuales de la AEPD, os la recomiendo. Respecto a los correos electrónicos y, por ende, respecto a la aplicación de la LOPD, decir, bajo mi opinión que la aplicación, sea cual fuere el caso está en los siguientes extremos y diferneciación de conceptos:

1. No es los mismo dato que información.
2. No es los mismo dato personal que dato empresarial.
3. No es lo mismo personal que identifique a una persona.

Por tanto, bajo estos extremos, la LOPD se aplica exclusivamente a datos que nos proporcionen una determinada información sobre una persona, la cual debe ser identificable a través de aquellos -es decir,a través de los datos que disponemos-. Por ejemplo, podemos tener los siguientes datos por separado: 1960, 45, Juan. Estos datos no nos dicen nada separados o conjuntamente, pero si a esos datos les unimos los siguientes: Vicente Hernández, Nº DNI, TLF., direccion de correo electrónico, sí que disponemos de información y sí que identificamos a una persona.

Por tanto el quid radica en que, indifernetemente de la cantidad de datos que tengamos, si los mismos, separados o conjuntamente, nos muestran una información de una persona a la cual podamos identificar.

Espero no haber sido un poco lioso. Y respecto al hosting en ele extranjero decir que siempre, o casi siempre, es considerado encargado de tratamiento, pero siempre que la empresa de hosting pueda tratar esos datos -incluyendo la visualización-.

Respecto a una Página Web, a nivel profesional, todas deben cumplir con la LSSI y con la LOPD.

Como en todas las respuestas ofrecidas, intentamos, al menos los que entendemos del tema dar una solución general, pero tenéis que contar que en estas normativas cada caso es único, puesto que cada empresa tienen una forma de organización informática diferente, tanto en recursos como a la hora de tratar datos personales.

Un saludo.
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