Ver Mensaje Individual
  #5 (permalink)  
Antiguo 21/05/2005, 05:14
apastor
 
Fecha de Ingreso: marzo-2003
Mensajes: 1.912
Antigüedad: 21 años, 10 meses
Puntos: 1
Cita:
Iniciado por voler
Una cosa desde el punto de vista fiscal es la donacion; con las deducciones fiscales correspondientes para el donador, y y con las eximentes fiscales para el donado. Pero para ello la agencia tributaria explica cuales son los procedimientos para ello; con los certificados correspondientes que tienen que cumplir tanto el que dona como el que recibe. Como norma general, las entidades que pueden recibir ese donativo son entidades sin animo de lucro y/o con fines beneficos. Desde luego la agencia tributaria puede exigir en que se invirtio el dinero que recibio por donacion.

pero otra cosa es el regalo, por regalar te pueden regalar todo lo que quieran, ahora a diferencia de la donacion, a la entidad que regala ni le computa positiva o negativamente fiscalmente ( es decir a hacienda le da igual el regalo); pero en cambio la persona que lo recibe lo tiene que computar como incremento de patrimonio en si irpf; esto significa que tributara por ello segun su tipo fiscal; es decir el 15, el 20, el 30 el 40% , ya digo segun sus ingresos fiscales
Yo me referia a que hacienda aceptara su donacion como regalo y no como pago empresarial.

Que no lo tengo muy claro.

Un regalo es porque si. Sin mediar una contraprestacion y crear la web puede ser una contraprestacion sin ponernos muy chisquillosos.
__________________
Web de la semana o lo que tarde en cambiarlo: Blog de Angie McKaig

Cita de la semana o lo que tarde en cambiarla: "Cuando el hombre ya no encuentre placer en su trabajo y trabaje sólo para alcanzar sus placeres lo antes posible, entonces, sólo será casualidad que no se convierta en delincuente" - Theodor Mommsen